Conozca los cambios y ajustes más importantes sobrerecién aprobada reforma pensional.
Después de cualquier cantidad de piedras encamino decontrovertida reforma pensional, por finpasado 14 de junio fue aprobada porplenaria deCámara de Representantes. Esta renovación de los acuerdos presentados porGobierno Nacional entraría en vigencia desde1 de julio de 2025.
Carolina Sáchica Moreno, directora del Programa de Derecho deUniversidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano, analizó los cambio e impactos de esta nueva reforma, destacando que quienes se beneficiaran con este régimen de transición serán: a) las mujeres que aentrada en vigorreforma acrediten más de 750 semanas de cotización- b) los hombres que acrediten más de 900 semanas de cotización.
Una de las principales novedades, diceabogada Sáchica Moreno denueva reforma pensional esestructura de cuatro pilares que conformansistema de protección integral paravejez,cual incluye dinámicas contributivas y no contributivas:
i- Pilar solidario: esta dirigido a los colombianos residentes enterritorio nacional, en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, a quienes se garantizará renta básica..
Para aplicar en esta categoría se deben cumplir con unos requisitos básicos:
Teneredad necesaria para pensionarse: los hombres con un mínimo de 65 años, para las mujeresmínimo es de 60 años
Tener pérdida de capacidad laboral o superior al 50% para los hombres de 55 años o mujeres mayores de 50 años.
Hacer parte del grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad y no recibir una pensión.
ii- Pilar semicontributivo: dirigido a las personas afiliadas al sistema de pensiones, que tenga más de 65 años de edad si son hombres o más de 60 si son mujeres y que no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión contributiva a pesar de haber realizado aportes.
Esta población podrá acceder a un beneficio económico financiado con recursos del Presupuesto General deNación y con sus propios aportes a través de los mecanismos que adopteGobierno Nacional.
iii- Pilar contributivo: dirigido a los trabajadores dependientes e independientes, servidores públicos y personas con capacidad de ppara realizar cotizaciones que les permita acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes, cuenta con dos componentes:
Componente de prima media: se realizaráppensional en relación con los ingresos, de1 hasta 2.3 salarios mínimos mensuales.
Componente complementario de ahorro individual– se realizaráppensional en relación con los ingresos base de cotización, que exceda los 2.3 salarios mínimos mensuales y hasta los 25 salarios.
«Es preciso mencionar que solo se recibirá una pensión cuyo pestará a cargo de Colpensiones y seráresultado del ejercicio liquidación que se haga en cada uno de los componentes», explicaexperta.
iv- Pilar de ahorro voluntario: dirigido a las personas que hagan un ahorro voluntario mediante los mecanismos del sistema financiero para completarmonto depensión de vejez.
Una reforma pensional pensada para las mujeres.
La reforma plantea diferentes cambios parapoblación femenina enpaís, una de ellas tiene que ver conreducción en las semanas mínimas de cotización, pasando de 1.300 a 1.000 en 2.036. «La reducción se hará de manera paulatina, a partir de 1 de enero de 2025 se disminuirán en 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 en 2036», dicedocente.
Ademásreforma establece un beneficio de reducción de semanas para mujeres con hijos,cual se aplicaría a quienes cumplanedad mínima para acceder apensión y no cuenten contotalidad de semanas, «en este caso, las mujeres podrán obtenerbeneficio de disminuir 50 semanas por cada hijo, por un máximo de tres hijos», agregaprofesora Carolina.
Los NO dereforma
Dos son los puntos de fractura los que tienereforma, comentaseñora Sáchica
1-vulneración al derecho delibre elección:reforma cuenta con diferentes cambios estructurales y porpoblación, sin embargo, uno de los puntos en contra de esta, esvulneración al derecho delibre elección. «Aunquereforma cuenta conpilar contributivo, encomponente de prima media y ende ahorro individual, los afiliados obligatoriamente deberán estar afiliados al de prima media- (Colpensiones) y quienes tengan ingresos superiores a 2.3 salarios mínimos deberán dirigir este excedente al ahorro individual (fondos privados), lo cual elimina por completolibertad de elección por parte del afiliado», afirma
2-falta de análisis, deliberación e investigación:
Segúnexperta, duranteaprobación dereforma pensional no se llevó a acabodiscusión enúltimo debate, lo que generófalta de análisis, deliberación, investigación y argumentación, que se espera defunción legislativa. Esto deja algunos vacíos que deberán atenderse desdeMinisterio del Interior yCorte Constitucional.
Y»Han sido múltiples las críticas planteadas por expertos en este punto, por su parteministro del interior anunció que sería necesario presentar una nueva reforma para ajustar o, más bien,subsanar algunos aspectos dereforma. Es preciso señalar que estas debilidades podrían configurar vicios de trámite que hagan parte de demandas ciudadanas y seráCorte Constitucionalllamada a pronunciarse sobre una eventual inconstitucionalidad de esta reforma e incluso, disponer una fórmula intermedia encaminada acorrección de errores, como ya lo hizo conPlan Nacional de Desarrollo,cual devolvióCorte al Congreso este año, para tal efecto», puntualizo Carolina Sáchica.

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