
Celebro la aprobación de la reforma pensional en el primer debate en el Senado de la República. Entre las tres reformas sociales, es la más viable de ser aprobada por el Congreso. Además, el proyecto original resultó de un excelente trabajo conjunto entre el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Hacienda.
La propuesta tiene tres virtudes fundamentales. Primero, apoya a las personas mayores sin pensión a través de un mecanismo solidario que supera con creces el programa Adulto Mayor. Segundo, elimina un error básico de la Ley 100 de 1993: el haber dejado a Colpensiones en competencia con los fondos privados de pensiones en vez de como complementos, como en otros países del mundo. Tercero, crea algunos beneficios para las personas que no han alcanzado las semanas mínimas de cotización: una renta vitalicia si tienen menos de 1.000 semanas cotizadas o una prestación anticipada para personas de 65 años que sí tengan esas semanas, aunque son la obligación de continuar cotizando mientras reciben ese ingreso.
Esto se hace a través de cinco pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo, Contributivo de Prima Media, Ahorro Individual Obligatorio y Ahorro Voluntario. Solo el tercero y el cuarto otorgan pensiones, mientras que el resto son complementarios. El Congreso ratificó que el umbral entre el tercero y el cuarto fuera de 3 salarios mínimo, como lo había propuesto el Gobierno. Además, garantizó que las cotizaciones adicionales que reciba Colpensiones con el nuevo sistema serán ahorradas y solo utilizadas en el futuro para pagos de pensiones. De hecho, una de las mejora significativas en el debate fue precisar el funcionamiento del Fondo de Pensiones.
Hay, sin embargo, costos adicionales de dos cambios que se introdujeron, cuyo impacto fiscal debe ser estimado por el Ministerio de Hacienda. El primero fue que se siga aplicando la Ley 100 de 1993 a los hombres con 900 y a las mujeres con 750 o más semanas cotizadas. Eso eleva los costos del sistema por varios años. Sería bueno retomar el monto de 1.000 semanas que propuso el Gobierno, que en cualquier caso genera un beneficio para las mujeres por su menor edad de jubilación.
El segundo fue incluir la decisión de la Corte Constitucional de reducir a 1000 semanas las cotizaciones de las mujeres. Como la expectativa de vida de las mujeres es mayor y su edad de jubilación es menor, terminarán recibiendo en promedio pensión por 27 años, contra los menos de 20 que han cotizado. Esto no tiene sentido. Mucho más lógico sería mejorar la propuesta del Gobierno de darles a las mujeres un beneficio por hijos nacidos, agregando otras actividades de cuidado (a adultos mayores o a personas con discapacidad).
Como las personas jóvenes con ingresos superiores a 3 salarios mínimos a las que les aplica el nuevo régimen tendrán menos beneficios, hay dos mejoras que se le puede introducir. La primera es incrementar el monto de la pensión que reciben de Colpensiones cuando cotizan más de 1.300 semanas. La segunda es fortalecer el quinto pilar con beneficios tributarios, tales como la exención de los ahorros voluntarios acumulados de impuesto al patrimonio y tratar los ingresos futuros correspondientes como equivalentes a pensiones para impuestos de renta.
Además, estos beneficios deben aplicarse a los colombianos en el exterior que sean sujetos a impuestos en Colombia.
El sistema tendrá que seguirse reajustando, ya que tanto las semanas cotizadas requeridas como las edades de jubilación son de las más bajas del mundo. este tema estará a cargo de la comisión técnica que debe presentar en el futuro las modificaciones en los parámetros del sistema. Por lo demás, si se mantiene la menor edad de jubilación para las mujeres, este sería el elemento de equidad de género más significativo, y además tienen una mayor expectativa de vida.
José Antonio Ocampo… El Tiempo..junio 2023